Decreto sobre la carga y descarga
El real decreto 3/2022, que entra en vigor a partir de septiembre de 2022, prohíbe que los conductores participen en operaciones de carga y descarga de mercancías.
Es importante si se trabaja en el mundo del transporte terrestre, saber que efectos tiene este real decreto, a continuación mostraremos una serie de preguntas y respuestas que nos ayudará a entenderlo de una manera más sencilla:
Aclaración del decreto
¿A quién afecta la prohibición?
A todos los conductores de camión que superen los 7.500 kg de masa máxima autorizada, Y los conductores que necesiten el permiso C, el C1.
¿Hay alguna excepción para poder realizarla?
- Transporte de mudanzas y guardamuebles
- Trasporte de vehículos cisternas, el conductor tiene que participar para su descarga.
- Transporte de áridos o vehículos basculantes o provistos de grúa u otros dispositivos para realizar las operaciones de carga y descarga.
- Transporte porta vehículos o grúas de auxilio en carretera.
- Transporte de carga fraccionada entre el centro de distribución y el punto de venta.
- Transporte de animales vivos.
- Supuestos en lo que la normativa contemple la participación del conductor.
- Otros supuestos que podrían añadirse en un futuro a la norma.
¿Aunque el conductor no participe en operaciones de carga y descarga se puede pactar en algún momento que el conductor realice la carga y descarga?
Se puede pactar que la empresa de transporte asuma las tareas de carga y descarga. PERO EL CONDUCTOR NUNCA PODRA SER LA PERSONA ENCARGADA DE ESA TAREA.
¿Esta prohibición afecta a los conductores autónomos?
Si el camión supera los 7.500 kg de MMA y no estas dentro de las excepciones expuestas en la pregunta 2. Te afecta SEAS AUTONOMO, EMPRESA, O CONTRATADO.
¿Afecta a esta prohibición de carga y descarga a empresa de otro país que vengan a realizar esa labor de transporte en España?
La prohibición afecta a cualquier operación de carga/descarga que se produzca en todo el territorio Español, con independencia del país de origen de la empresa o del conductor.
¿De cuánto es la multa y quienes tienen que pagar?
En una infracción muy grave, la multa es de entre 4.001, – € a 6.000, -€, y se hace responsable de pagar la infracción:
- La empresa de transporte a la que pertenece el conductor.
- La empresa titular del centro de carga o descarga.
- El expedidor, el intermediario o el destinatario.
- Todos los que hayan participado en toda la operación de transporte de principio a fin, excepto el CONDUCTOR.
¿Y si se realiza de carga y descarga puede llegar a ser o algún delito?
Sí, se puede incumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales e incurrir en un Delito conta la Seguridad y la Salud en el Trabajo.